miércoles, 1 de mayo de 2013

¿Qué es lo que ocurre en el consultorio de un Psicólogo Clínico?

Una Relación Psicoterapéutica no es cualquier relación en la que una persona influye en el campo psicológico de otra, sino aquella relación de ayuda, en la que a través del planeamiento y un conjunto sistematizado de estrategias y métodos, que han sido estudiados y demostrada su eficacia por la Psicología como disciplina, buscan ofrecer solución y manejo de problemáticas en las áreas emocional y conductual de una persona o grupo  que no han logrado resolver por ellos mismos


LO QUE USTED SI PUEDE ESPERAR DE SU TERAPEUTA.

  • Que lo confronte.
  • Que indague en su historia personal y familiar a modo de recabar información que le ayuden a la comprensión y análisis de su problemática personal.
  • Que le ayude a “a darse cuenta” de su problemática y de los niveles de disfunción que usted maneja.Que le ofrezca pautas generales de crecimiento personal para que usted pueda aplicarlas a situaciones específicas.
  • Que lo invite a reflexionar diariamente sobre su problema, a partir de nuevos modelos y  herramientas.
  • Que lo instigue para que trabaje por su propio cambio.
  • Que le modele conductas alternativas para sustituir los viejos e inoperantes comportamientos sobradamente conocidos por usted.
  • Y por sobre todo, respeto por su situación y confidencialidad.




LO QUE NO DEBE ESPERAR DE SU TERAPEUTA.

  • Que le ofrezca soluciones “mágicas” o “milagrosas” para resolver sus problemas.
  • Que le ayude a resolver en una sesión o pocas horas de trabajo, el problema que a usted le ha costado años elaborar.
  • Que tome decisiones por usted, sobre si debe proseguir o no en una situación, relación, etc. El terapeuta solo lo ayudará a discernir sobre las ventajas o riesgos y le proporcionará herramientas para facilitar su decisión en el sentido que usted escoja. Asuma su propia postura.
  • Que le presente una receta básica con todos los pasos a seguir para resolver cada uno de sus problemas. La única receta que él podrá ofrecerle es la que lo conducirá a su propio crecimiento personal.
  • Que cambie su estructura de personalidad o la de otras personas implicadas en el problema, que haga “lavados de cerebro”, o que se preste para ejercer maniobras manipuladoras a su favor.
  • Que le compadezca.
  • Que le predetermine una cantidad específica de sesiones o tiempo en el cual le será resuelto su caso.
  • Que juzgue su problemática, asumiendo posiciones morales o criterios eminentemente socioculturales.
  • Que en el contexto terapéutico y como parte del tratamiento, prescriba ninguna clase de medicamentos, suministre procedimientos que le hagan entrar en contacto directo sobre su cuerpo tales como masajes, acupunturas u otras técnicas que son reconocidas por el terapeuta pero NO son reconocidas por la Psicología como disciplina.

LO QUE NO DEBE ESPERAR DE SU ENTORNO.

  • Que “reconozcan” y “aprueben” sus cambios. Asuma el proceso de ayuda para usted.
  • Que su entorno familiar o social cambie cuando la terapia no haya sido concebida para tal fin.
  • Que sus hijos adopten comportamientos más sanos que los suyos, mientras usted ni haya asumido completamente el proceso de ayuda y no sea capaz de aleccionarlos a través del ejemplo.
  • Obligar a las personas que le rodean y que están involucradas en su problemática a que participen en el proceso de ayuda. Este debe ser asumido consciente y voluntariamente.

LO QUE SU TERAPEUTA NECESITA DE USTED

  • Que sea comprometido y consecuente con su propio proceso.
  • Que reflexione después de cada sesión de trabajo, procurando sacar un producto que le permita entender la naturaleza de su problemática, las conductas disfuncionales en que incurre y pueda dirigirse hacia metas y/o patrones de comportamiento más eficientes.
  • Que sea honesto en los reportes verbales de sus conductas y en la expresión de sus emociones. Su terapeuta estará allí para ayudarlo y acompañarlo.
  • Que trabaje entusiasta y perseverantemente por las metas terapéuticas planteadas. El resultado será exitoso.

LO QUE PUEDE OCURRIR DURANTE EL PROCESO.

  • Que se prolongue si surge material nuevo de trabajo, o si usted no está lo suficientemente motivado, y ello le ha impedido comprometerse y actuar consecuentemente con el programa de ayuda.
  • Que surjan etapas en las que estar confrontado a su realidad personal, le haga entrar en contacto con mucho dolor, rabia o miedo. Su terapeuta estará allí ofreciéndole apoyo y estimulando sus cambios.
  • Que las emociones que moviliza la terapia resulten para usted tan difíciles de manejar, que le provoquen deseos de desertar de sus objetivos o abandonar el proceso. Su terapeuta estará ahí ofreciéndole las herramientas que necesita. Confié en su capacidad para usarlas.
  • Que su proceso de crecimiento personal, facilite la toma de decisiones fuertes, tales como rupturas, desprendimientos, etc.
  • Que lo que parecía un problema sencillo, se haga más complejo en la medida en que se va investigando la historia.
  • Que después de ciertos progresos, se produzcan retrocesos en el proceso de cambio. Esto le indicará que los nuevos patrones de conductas aún no se han consolidado y que necesitará seguirlos reforzando.
  • Que las personas “enganchadas” en su problemática, tiendan a maniobrar espontáneamente ante sus cambios de conducta y usted siga acompañándolas en el juego insano.
  • Que ocasionalmente usted perciba una tendencia a resistirse a los cambios planteados como objetivos terapéuticos. Si después de chequear si las metas terapéuticas que se propuso alcanzar son las que realmente desea, la resistencia continúa, deje de preocuparse; la posibilidad de cambiar a esquemas, situaciones o estilos de vida que nos son desconocidos o pocos familiares, despierta temores que es necesario enfrentar. La necesidad de cambios es un RETO PERSONAL.

miércoles, 23 de enero de 2013

COLEGIO DE PSICOLOGOS DEL ESTADO LARA


Qué es

El Colegio de Psicólogos del Estado Lara es una Asociación Civil, sin fines de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituidas a los fines previstos en la Ley de Ejercicio de la Psicología. Está constituida por los Psicólogos (as) de la Entidad Federal respectiva, que hayan obtenido o revalidado su título en Venezuela y, que estuvieren inscritos en él, hallados o no en el ejercicio de su profesión.




Ubicación

El Colegio de Psicólogos del Estado Lara está ubicado en calle  4 entre carreras 2 y 3. Quinta CEPROUNA. Urb. Nueva Segovia, Barquisimeto.

Estructura y Directivos

. Son Órganos de los Colegios de Psicólogos la Asamblea, el Consejo Directivo y el Tribunal Disciplinario. Los Directivos son:
Presidenta:                                        Ana Patricia Stumpo
Vicepresidente:                                 Gerardo Sánchez
Secretaria:                                         Maritza Rincón
Tesorero:                                          Josué Vegas
Vocal 1:                                             Daniel Silva                       
Vocal 2:                                             José Miguel Valera
Delegado Nacional 1:                         Orangel Yánez
Delegado Nacional 2:                         Pedro Sojo
Suplente 1:                                         Irene Andrade
Suplente 2:                                         Angélica Freitez
Suplente Delegado Nacional 1:           Rosario Colmenárez
Suplente Delegado Nacional 2:           Virgilio Franco

 

Funciones Generales.


Corresponde a los Colegios de Psicólogos: (Artículo 19: Ley del Ejercicio de la Psicología)

a.          Fomentar el espíritu de solidaridad entre sus asociados y propender a la defensa de sus miembros.
b.          Rendir cuentas de su actuación a la Asamblea Nacional y al Consejo Nacional, cuando estos lo estimen necesario.
c.         Fomentar el estudio de la Psicología y demás ciencias afines, organizar y acrecentar su biblioteca, y sostener, siempre que las circunstancias se lo permitan, una publicación periódica que le sirva de órgano de difusión.
d.    Cooperar con la Federación de Psicólogos de Venezuela en el estudio de la redacción de anteproyectos de leyes y reglamentos relacionados con la ciencia y profesión psicológica y en la evacuación de consultas que le sean sometidas, sobre la misma materia y sobre el mérito científico de obras relacionadas con la ciencia.
e.      Cumplir y hacer cumplir sus decisiones, y las de la Federación de Psicólogos de Venezuela, y mantener una estrecha vigilancia sobre la disciplina y moralidad de sus miembros.
f.               Promover ante las autoridades competentes por medio de su Consejo Directivo, todo lo que juzguen conveniente a los intereses de la profesión.
g.       Asesorar a la Administración Pública para el mejor cumplimiento de las leyes, decretos y demás disposiciones relacionadas con el Ejercicio de la Psicología.
h.               Defender sus intereses comunes y procurar el mejoramiento económico de sus miembros.
i.                  Las demás atribuciones que les señalen las Leyes y sus Reglamentos.

Base Legal


La organización y funcionamiento del gremio de Psicólogos de Venezuela, están regidos por la Ley del Ejercicio de la Psicología, los Reglamentos Internos de cada una de la Organización Gremial (FPV, Código de Ética Profesional, Inprepsi y los respectivos Reglamentos Electorales).

Contactos


Colegio Psicólogos Lara Venezuela [colegiopsicologoslara@gmail.com]
Teléfono 0251 415 38 29

martes, 22 de enero de 2013

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL PSICÓLOGO (INPREPSI)



Qué es?
El Instituto de Previsión Social del Psicólogo (INPREPSI) es una corporación con personalidad jurídica y patrimonio propio, procura el bienestar Social y económico de los profesionales de la Psicología y de las demás personas afiliadas a él.

Objetivo:
El INPREPSI asegurará a sus afiliados, a través de medios idóneos prestará protección social y económica frente a las eventualidades derivadas de la muerte. Incapacidad permanente, parcial ó total, creando sistemas para fomentar el ahorro y en general propiciar cualesquiera otras actividades lícitas dirigidas al cumplimiento del objetivo esencial de su existencia.

Estructura:
Son miembros del INPREPSI todos los profesionales de la Psicología inscritos y solventes con el INPREPSI y su Colegio de Adscripción, previo cumplimiento de los requisitos señalados en la Ley de Ejercicio de la Psicología y a juicio de la Junta Directiva los demás universitarios, los empleados de la Federación de Psicólogos de Venezuela, del INPREPSI, de los Colegios de Psicólogos de la República y empleados de Psicólogos en ejercicio libre de la profesión. De conformidad con lo establecido en el Reglamento Interno de los Miembros Asociados del INPREPSI.
La estructura de cargos de los miembros de la Junta Directiva de Inprepsi se divide de la manera  siguiente:
a. Presidente
b. Director General
c.  Director de Administración y Finanzas
d. Director de Previsión Social
e. Director de Secretaría
f.   Director Vocal
g. Director Vocal

Funciones generales:
    Son funciones y atribuciones del INPREPSI:
a. Regular y supervisar la adquisición y el uso de material Psicotécnico
c.  Prestar servicios de previsión y asistencia social a los psicólogos, a sus hijos menores de 18 años, a los mayores de edad hasta los 25 años mientras sean estudiantes, a los cónyuges, a los padres y demás personas afiliadas a él.
d. Ofrecer facilidad para la adquisición de material bibliográfico, especializado o no.
e. Ofrecer talleres, cursos y seminarios, etc. de actualización y mejoramiento profesional.
f.   Ofrecer talleres, cursos, seminarios a la comunidad en general.
g. Búsqueda y establecimiento de convenios con Instituciones Públicas ó Privadas que beneficien a sus agremiados.
h. Apoyar el fomento y la creación de asociaciones civiles que faciliten la adquisición ó bienes muebles e inmuebles, en beneficio de los agremiados.
i.   Brindar el apoyo institucional que precise el IMPSI y cualquier otro ente gremial, de acuerdo a sus posibilidades.

Bases legales: 
A los fines de identificación del Instituto de Previsión Social del Psicólogo (INPREPSI)  se utilizará la denominación INPREPSI.
 El INPREPSI se rige por las disposiciones del Título III de la Ley de Ejercicio de la Psicología, su Reglamento y demás normas que dicten los órganos competentes para regular su estructura y su funcionamiento.
 La duración del INPREPSI es ilimitada. La muerte, incapacidad, quiebra, insolvencia, retiro ó exclusión de uno o más miembros no traerá como consecuencia la disolución del  INPREPSI.
La inscripción del Psicólogo en el INPREPSI entrará en vigencia una vez que haya sido aceptada su solicitud, en las oficinas del INPREPSI en la ciudad de Caracas, momento en el cual empezará a gozar de los beneficios.
Los miembros del INPREPSI deben sufragar cuotas de inscripción y mantenimiento.
Las cuotas serán canceladas por los psicólogos en las oficinas del INPREPSI, en los Colegios de Psicólogos del interior del país ó por cualquier otro medio que determine la Junta Directiva del INPREPSI
Todo miembro del INPREPSI debe permanecer solvente con el pago de las cuotas ó contribuciones que establezca la Asamblea ó la Junta Directiva.
El afiliado pierde los beneficios que otorga el INPREPSI, cuando no cancela la cuota de mantenimiento en los primeros dos meses del año. Para recuperar los beneficios que otorga el INPREPSI, el insolvente deberá cancelar máximo hasta los tres últimos años que adeude más el año en curso.
Para que la inscripción del cónyuge, ascendentes y descendientes que dependan del afiliado del INPREPSI sea procedente, es necesario la inscripción y solvencia del causante del vínculo o parentesco.

Ubicación:
 Sede principal: Av. Naiguatá, con Calle  La Guaira, Urbanización Macaracuay, Municipio Sucre, del Edo. Miranda. (Tel. 0212-256.3328 / 0212-257.7766)
Horario de atención de lunes a viernes de 9:00a.m. a 12m y 1:30 p.m. a 5:00p.m 

lunes, 12 de noviembre de 2012

FEDERACIÓN DE PSICOLOGOS DE VENEZUELA



¿QUÉ ES?
La Federación de Psicólogos de Venezuela es una organización gremial que representa y certifica al profesional de la psicología en el país. Se rige por la Ley de Ejercicio de la Psicología y su Reglamento, los reglamentos internos y por el Código de Ética. Apoya y fortalece a Colegios y Delegaciones de Psicólogos a nivel nacional. Promueve el desarrollo de la disciplina y profesión de la Psicología. Realiza acciones en beneficio de los intereses y necesidades de los agremiados, en pro del bienestar individual y colectivo de nuestra sociedad.

UBICACIÓN Y CONTACTO
La sede de la FPV está ubicada en la  Avenida Naiguatá con Av. La Guaira, Urbanización Macaracuay, Caracas, Venezuela.
Se puede contactar a la FPV a través de los números 0212-2564277 y 0212-2563253, o la dirección de correo  info@fpv.org.ve

ESTRUCTURA Y FUNCIONES GENERALES
Los órganos que constituyen la FPV son La Asamblea Nacional, El Consejo Nacional, la Junta Directiva y el Tribunal Disciplinario.  La Junta Directiva de la FPV está conformada de la siguiente manera:

  • Presidenta: Aminta Parra
  • Vice-Presidente: Jesús Sánchez Sánchez
  • Secretaria General: Myrna Benavides
  • Tesorera: Elena Franklin de Martínez
  • Vocales: Estela Vargas, Guillermo Yáber, Franklin López, Leticia Guarino, Gloria Pino
  • Suplentes: Sor Ángel Rodríguez, Víctor Azuaje, Juan Carlos Canga, Luis Besson, Andrés Brito

Entre los principales fines y funciones de la Federación de Psicólogos de Venezuela se encuentran:

  • La promoción, capacitación y especialización del Profesional de la Psicología, así como la defensa y proyección de la actividad científica de la Psicología.
  •  La promoción ante la sociedad y las instituciones nacionales, del reconocimiento a la misión que cumple la profesión del Psicólogo.
  •  La organización y acreditación de toda actividad que procure el mejoramiento profesional del Psicólogo a través de Congresos, Seminarios, Jornadas, Simposios, Mesas Redondas, Talleres y cualquier otro método que enriquezca el acervo científico.
  •  Mantener una estrecha vigilancia sobre la disciplina y el cumplimiento de la deontología de la Profesión, sancionado en el Código de Ética del Psicólogo.
  • Defender al Psicólogo ante el Estado venezolano, de las exoneraciones fiscales que se derivan de la aplicación del Art. 3 de la Ley de Ejercicio de la Psicología.
  •  La defensa jurídica del Psicólogo, derivadas del ejercicio de la profesión y que provengan de la observancia del secreto Profesional.
  • Certificar a los profesionales que ejerzan la Psicología dentro del territorio nacional.

BASES LEGALES
Las bases legales que sustentan el funcionamiento de la Federación de Psicólogos de Venezuela son: El Reglamento Interno de la FPV, la Ley del Ejercicio de la Psicología y el Código de Ética Profesional.

martes, 21 de agosto de 2012

Funciones del Tribunal Disciplinario del Colegio de Psicólogos



¿Qué es y de qué se ocupa el Tribunal Disciplinario de los Colegios de Psicólogos de Venezuela?
El TD de cada Colegio de Psicólogos es un Tribunal de Primera Instancia, es decir, actúa en el caso de conocer de las infracciones a:
1. Ley de Ejercicio de la Psicología.
2. Reglamento Interno de la Federación de Psicólogos de Venezuela.
3. Reglamento del Tribunal Disciplinario (RTD).
4. Código de Ética del Psicólogo.
5. Reglamento del INPREPSI.
6. Resoluciones y Acuerdos que dicten las Asambleas y demás Órganos y Organismos profesionales.
 Art. 2 Reglamento del Tribunal Disciplinario (RTD)

¿Qué hacer si conoces de un hecho irregular en el ejercicio de la psicología?
Deberás dirigirte al Colegio de Psicólogos de la entidad federal en la que acontece el hecho; donde funciona el tribunal disciplinario (TD) de Primera Instancia que da inicio a la causa.

¿Cuales infracciones deben ser denunciadas ante los TD de los Colegios de Psicólogos?
Las infracciones a ser denunciadas ante los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Psicólogos están contempladas en el Art. 2 del Reglamento del Tribunal Disciplinario (RTD), el cual establece que los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Psicólogos son competentes para conocer de oficio, por denuncia o acusación
De oficio: “Calificación que se da a las diligencias que los jueces o tribunales efectúan por decisión propia, sin previo requerimiento de parte o sin necesidad de petición de ésta”
Denuncia: “Acto por el cual se da conocimiento al tribunal respectivo de un hecho contrario a la Ley, con el objeto de que aquel proceda a su averiguación y sanción”
Acusación: “Informe verbal que debe ser pasado por escrito, de una parte, en que se acusa a alguien de una falta”  

¿Cuál es el procedimiento para introducir una Denuncia o acusación? 
¿Quiénes pueden realizar una denuncia?
Cualquier persona que cumpla los siguientes pasos puede denunciar ante el Colegio de Psicólogos de una infracción. Los pasos a seguir para introducir una denuncia o acusación están establecidos en el RTD y son:
Toda denuncia o acusación se introducirá siempre por escrito (Art. 52), personalmente y en originales por el promoverte o en su defecto por medio de apoderado, en la Secretaría del Tribunal Disciplinario.
El escrito contentivo de la denuncia o de la acusación, deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Determinación del hecho imputado.
b) Señalamiento de las circunstancias de modo y lugar de la perpetración, que contribuyen a determinarlo.
c) Indicación de las personas que conozcan del hecho, señalando sus respectivas direcciones y teléfonos de residencia, trabajo y celular.
d) Identificación plena del denunciante o acusador.
e) Identificación plena del denunciado o acusado. (Art. 56)
3. El escrito de denuncia o acusación, deberá estar acompañado de los instrumentos privados y originales en que se fundamente, si tal fuere el caso los mismos serán devueltos al interesado, si este lo solicita, en la oportunidad que señale el Tribunal Disciplinario y previa certificación de autos. (Art. 55)
4. Toda denuncia deberá ser ratificada bajo fe de juramento. (Art. 57)http://fpv.org.ve